class: center middle main-title section-title-1 # La competencia por materia en el proceso laboral peruano .class-info[ .less-medium[**Impacto de la modificación introducida por la Ley 32155**] .less-medium[**Paul Paredes**] .light[Clase 04, 2025] ] --- layout: false class: center, middle .box-1.huge[Competencia por materia en el proceso laboral] --- name: outline class: title title-1 # Plan de la clase -- .box-1.small[Introducción a la Ley 32155] -- .box-2.small[El ámbito de la justicia laboral] -- .box-3.small[Las nuevas competencias de los JPLL] -- .box-4.small[Las nuevas competencias de los JET] -- .box-5.small[Esquema de competencia] -- .box-6.small[Análisis crítico de la modificación] -- .box-7.small[Conclusiones] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Introducción --- class: center, middle .large[ **Ve a** .box-3[menti.com] **y utiliza el código** .box-3[4277 2560] ] --- <div style='position: relative; padding-bottom: 56.25%; padding-top: 35px; height: 0; overflow: hidden;'><iframe sandbox='allow-scripts allow-same-origin allow-presentation' allowfullscreen='true' allowtransparency='true' frameborder='0' height='315' src='https://www.mentimeter.com/app/presentation/algahwbup484xjw95zyj8y9ouded1fp6/embed' style='position: absolute; top: 0; left: 0; width: 100%; height: 100%;' width='420'></iframe></div> --- layout: true class: title title-1 --- # Introducción .box-1[La Ley 32155] .box-inv-1[Ha modificado los artículos 1 y 2 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) referidos a la competencia por materia de los JPLL y JET respectivamente] .box-inv-1[Antes: JPLL competentes en asuntos con cuantía hasta 50 URP] .box-inv-1[Antes: JET con competencia residual - cuantía superior a 50 URP y otros asuntos no vinculados a cuantía] --- # Introducción .box-2[Cambios principales de la Ley 32155] .box-inv-2[Incrementa el límite de corte de la cuantía de 50 a 70 URP] .box-inv-2[Asigna a los JPLL parte de los asuntos sin cuantía que antes correspondían a los JET] .box-inv-2[Amplia la competencia por materia de los JPLL y reduce la de los JET] --- # Introducción .box-3[Efectos de la modificación] .box-inv-3[Aumentan los casos en que el debate jurisdiccional se cierra máximo en segunda instancia ante los JET] .box-inv-3[Disminuyen los casos que entran en el circuito de las salas laborales superiores y supremas] --- # Introducción .box-4[Perspectivas de análisis] .box-inv-4[1 Revisión de los textos modificatorios para determinar la nueva delimitación de competencias] .box-inv-4[2 Implicancias desde la garantía judicial del juez predeterminado por ley, independiente e imparcial] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # El ámbito de la justicia laboral --- # Criterios delimitadores .box-1[Criterio de amplitud] .box-inv-1[Justicia laboral extendida a sectores no estrictamente laborales pero semejantes] .box-inv-1[Comprende relaciones con prestación personal de servicios en contextos asimétricos] .box-inv-1[Incluye relaciones laborales, formativas, cooperativistas o administrativas] --- # Criterios delimitadores .box-2[Criterio de plenitud] .box-inv-2[Toda pretensión sobre aspectos sustanciales o conexos] .box-inv-2[Incluye asuntos previos, contemporáneos o posteriores a la prestación] .box-inv-2[Complementa al criterio de amplitud] --- # Criterios delimitadores .box-3[Criterio de residualidad] .box-inv-3[Todo lo que no esté expresamente atribuido a un órgano específico de la justicia laboral recae en los JET] .box-inv-3[Basado en artículos 51 y 57 de la LOPJ] .box-inv-3[Art. 51: JET conocen "todas las pretensiones" del ámbito laboral] .box-inv-3[Art. 57: JPLL derivan sus competencias de las atribuidas originalmente a los JET] --- # Consecuencias del criterio residual .box-4[Consecuencias importantes] .box-inv-4[El listado de materias siempre está abierto y su función es orientadora] .box-inv-4[Salvo atribución expresa a otro órgano, la competencia corresponde a los JET] .box-inv-4[Responde al principio de legalidad y garantía al juez natural] .box-inv-4[La competencia solo se establece por ley material (reserva de ley)] .box-inv-4[Por art. 106 de la Constitución, solo por ley orgánica] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Las nuevas competencias de los JPLL <br> # .small[Artículo 1 de la NLPT] --- # Inciso 1 del Artículo 1 .box-1[Proceso abreviado laboral - Pretensiones cuantificables] .box-inv-1[Competente en toda pretensión cuantificable que no supere las 70 URP] .box-inv-1[Incluye todas pretensiones de dar una suma de dinero originadas en prestación personal de servicios:] - .box-inv-1.small[Naturaleza laboral] - .box-inv-1.small[Naturaleza formativa] - .box-inv-1.small[Naturaleza cooperativista] .box-inv-1[Referidas a aspectos sustanciales o conexos, incluso previos o posteriores] --- # Inciso 1 del Artículo 1 .box-2[¿Qué queda fuera?] .small[ .box-inv-2[Las relaciones de naturaleza administrativa] .box-inv-2[Las relaciones laborales o de seguridad social de derecho público] .box-inv-2[Estas las mantiene JET mediante proceso contencioso administrativo] ] .pull-left[ .box-inv-3.smaller[ Laboral, formativa, cooperativista: - JPLL: ≤ 70 URP - JET: > 70 URP ] ] .pull-right[ .box-inv-3.smaller[ Administrativa, laboral y seguridad social de derecho público: - JPLL: — - JET: Cualquiera sea la cuantía ] ] --- # Inciso 2 del Artículo 1 .small[ .box-1[Proceso con título ejecutivo] .box-inv-1[Competencia en ejecución de título ejecutivo que no supere las 70 URP] .box-inv-1[También les compete la ejecución de liquidaciones de cobranza de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones sin importar la cuantía] ] .pull-left[ .box-inv-2.smaller[ Ejecución de título ejecutivo: - JPLL: ≤ 70 URP - JET: > 70 URP ] ] .pull-right[ .box-inv-2.smaller[ Ejecución de liquidaciones de cobranza de aportes AFP: - JPLL: Cualquiera sea la cuantía - JET: — ] ] --- # Inciso 3 del Artículo 1 .box-1[Asuntos no contenciosos] .box-inv-1[Son competencia de los JPLL sin importar la cuantía] .box-inv-1[No ha sufrido cambios respecto a la versión original] .box-inv-2.small[ Asuntos no contenciosos: - JPLL: Cualquiera sea la cuantía - JET: — ] --- # Inciso 4 del Artículo 1 .box-1[Pretensiones no cuantificables] .box-inv-1[En proceso abreviado laboral, pretensiones no cuantificables relativas a protección de derechos individuales] .box-inv-1[Excluye pretensiones vinculadas a libertad sindical] .box-inv-1[Siempre que no sean competencia de los JET conforme al artículo 2] --- # Inciso 4 del Artículo 1 .box-2[Problema de interpretación] .box-inv-2[Parece establecer un criterio de residualidad de segundo orden jurídicamente imposible] .box-inv-2[La regla de residualidad de primer orden (LOPJ, NLPT) establece que todo lo no atribuido específicamente es competencia de los JET] --- # Inciso 5 del Artículo 1 .box-1[Acumulación de pretensiones] .box-inv-1[Las pretensiones no cuantificables acumuladas con una pretensión cuantificable hasta 70 URP vinculadas entre sí] .box-inv-1[Resuelve el problema de acumular pretensiones condicionales] .box-inv-1[Ejemplo: demanda que incluye declaración de vínculo laboral y pago de beneficios] --- # Acumulación de pretensiones .box-2[Acumulación objetiva originaria accesoria] .box-inv-2[Cuando hay varias pretensiones, al declararse fundada la principal, se amparan también las accesorias] .box-inv-2[Criterio: la cuantía debe ser ≤ 70 URP] --- # Acumulación de pretensiones .box-3[Acumulación objetiva originaria subordinada] .box-inv-3[Pretensión supeditada a que se desestime la principal] .box-inv-3[Ejemplo: Reposición como principal y subordinadamente indemnización por despido] .box-inv-3[No aplica el inciso 5 - Competencia determinada por la pretensión principal] --- # Inciso 6 del Artículo 1 .box-1[Impugnación de sanciones disciplinarias] .box-inv-1[Proceso abreviado laboral - Pretensiones de impugnación de sanciones distintas al despido] .box-inv-1[En relación laboral del régimen privado o regímenes especiales] .box-inv-1[Sanciones como: amonestación verbal, escrita, suspensión sin goce de remuneraciones] .box-inv-1[Excepción: derechos vinculados a la protección de la libertad sindical] --- # Inciso 6 del Artículo 1 .box-2[Preguntas sobre impugnación de sanciones] .small[ .box-inv-2[¿Cuáles son las posibles impugnaciones?] - .box-inv-2.small[Nulidad, ineficacia o invalidez de la sanción] - .box-inv-2.small[Pago de indemnización] - .box-inv-2.small[Pago de remuneraciones suspendidas] .box-inv-2[¿Importa la cuantía en estos casos?] - .box-inv-2.small[La respuesta congruente: No importa la cuantía] - .box-inv-2.small[La pretensión principal es la impugnación de la sanción] - .box-inv-2.small[Las pretensiones accesorias siguen la competencia de la principal] ] --- # Inciso 6 vs Despido .pull-left[ .box-3.small[ Impugnación sanciones disciplinarias (no despido): - JPLL: Nulidad, ineficacia, invalidez; pago, indemnización (sin importar la cuantía) - JET: — ] ] .pull-right[ .box-3.small[ Impugnación sanciones disciplinarias (despido): - JPLL: — - JET: Reposición, indemnización por despido arbitrario (sin importar la cuantía) ] ] --- # Inciso 7 del Artículo 1 .box-1[Actos de hostilidad] .box-inv-1[Proceso abreviado laboral - Casos de actos de hostilidad del empleador] .box-inv-1[Inicialmente parecía reducir los actos de hostilidad solo a acoso moral y hostigamiento sexual] .box-inv-1[Resolución Administrativa N° 000429-2024-CE-PJ aclara que comprende todos los actos de hostilidad del artículo 30 TUO D. Leg. N° 728] --- # Inciso 7 del Artículo 1 .box-inv-1[Cuantía irrelevante para pretensiones accesorias de daños y perjuicios] .box-3.small[ Cese de actos de hostilidad: - JPLL: Cese; pago, indemnización (sin importar la cuantía) - JET: — ] --- # Incisos 8 y 10 del Artículo 1 .box-1[Indemnizaciones por daños y perjuicios] .box-inv-1[Ambos incisos son idénticos] .box-inv-1[Proceso abreviado laboral - Pago de indemnizaciones por daños y perjuicios] .box-inv-1[Cualquier causa que los origine] .box-inv-1[Cuando su monto no sea superior a 70 URP] .box-inv-1[Son redundantes con el inciso 1] --- # Incisos 8 y 10 del Artículo 1 .box-2[Resolución Administrativa N° 000424-2024-CE-PJ] .box-inv-2[Precisa que los JPLL son competentes en responsabilidad civil por accidentes de trabajo o enfermedad profesional cuando el monto sea igual o menor a 70 URP] .pull-left[ .box-inv-3.small[ Pago indemnización por daños y perjuicios (inciso 1): - JPLL: ≤ 70 URP - JET: > 70 URP ] ] .pull-right[ .box-inv-3.small[ Pago indemnización por daños y perjuicios, acumulada con incisos 6 y 7: - JPLL: Cualquiera sea la cuantía - JET: — ] ] --- # Inciso 9 del Artículo 1 .small[ .box-1[Regímenes especiales] .box-inv-1[Proceso abreviado laboral - Reconocimiento de derechos laborales de trabajadores en regímenes especiales] .box-inv-1[Cualquiera fuera su cuantía] .box-inv-1[Regímenes listados:] .pull-left[ - .box-inv-1.small[Trabajadores de la micro y pequeña empresa] - .box-inv-1.small[Trabajadores agrarios] - .box-inv-1.small[Trabajadores de la construcción civil] - .box-inv-1.small[Trabajadores del hogar] ] .pull-right[ - .box-inv-1.small[Régimen laboral de estibadores terrestres] - .box-inv-1.small[Régimen laboral de exportación no tradicional] - .box-inv-1.small[Régimen laboral de guardianes y porteros] - .box-inv-1.small[Régimen laboral de trabajadores adolescentes] ] ] --- # Inciso 9 del Artículo 1 .box-2[Problemas de interpretación] .box-inv-2[¿La lista es taxativa o ejemplificativa?] .box-inv-2[R.A. N° 000443-2024-CE-PJ: Lista es enunciativa y no taxativa] .box-inv-2[Graves problemas de incertidumbre: ¿cuáles son los regímenes especiales?] .box-inv-2[No existe una norma que defina o liste los regímenes especiales] .box-inv-2[Multiplicidad de criterios clasificatorios afecta la seguridad jurídica] --- # Inciso 9 del Artículo 1 .box-3[Impacto de la interpretación abierta] .box-inv-3[Atomización de criterios] .box-inv-3[Afectación a la seguridad jurídica] .box-inv-3[Vaciamiento progresivo de las materias que llegan a las Salas Laborales y Corte Suprema] .box-inv-3[Regímenes especiales del sector público: error en la redacción] .box-inv-3[R.A. N° 000443-2024-CE-PJ aclara que quedan excluidos los regímenes públicos] --- # Inciso 9 del Artículo 1 .pull-left[ .box-inv-1.small[ Regímenes especiales sector privado (listados en inciso 9): - JPLL: Sin importar la cuantía - reconocimiento de derechos laborales - JET: — ] ] .pull-right[ .box-inv-1.small[ Regímenes especiales sector privado (listados en inciso 9): - JPLL: — - JET: Sin importar la cuantía - impugnación del despido y libertad sindical ] ] --- # Inciso 11 del Artículo 1 .small[ .box-1[Descuentos por pago indebido] .box-inv-1[Los asuntos referidos a los descuentos de los haberes de los trabajadores por casos de "Pago Indebido" realizado por la entidad] .box-inv-1[Situaciones donde entidades del sector público descuentan por pagos que consideran indebidos] .box-inv-1[No especifica límite de cuantía] ] .box-inv-2.small[ Descuentos por pago indebido en entidades del sector público: - JPLL: Sin importar la cuantía - JET: — ] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Las nuevas competencias de los JET <br> # Artículo 2 de la NLPT --- # Competencia de los JET .box-1[Correlación con JPLL] .box-inv-1[La competencia de los JET está correlacionada con la de los JPLL] .box-2[Inciso 1 del Artículo 2] .box-inv-2[Dos grandes componentes:] .box-inv-2[1 Pretensiones con cuantía superiores a 70 URP] .box-inv-2[2 Pretensiones sin cuantía o no cuantificables] --- # Competencia de los JET .box-3[Redistribución de competencias] .box-inv-3[Se han desprendido para los JPLL:] - .box-inv-3.small[Impugnación de sanciones disciplinarias distintas del despido] - .box-inv-3.small[Cese de actos de hostilidad (incluidos acoso moral y hostigamiento sexual)] .box-inv-3[Incertidumbre: ¿Incluye el inciso 9 del artículo 1 a los asuntos no cuantificables de los regímenes especiales?] --- # Competencia de los JET .pull-left[ .box-1.small[ Pretensiones cuantificables: - JPLL: ≤ 70 URP - JET: > 70 URP ] ] .pull-right[ .box-1.small[ Pretensiones no cuantificables: - JPLL: Asignadas expresamente (impugnación sanciones, cese hostilidad) - JET: Todas las demás ] ] --- # Inciso 4 del Artículo 2 .box-1[Proceso contencioso administrativo] .box-inv-1[Literal a): Prestaciones de servicio de carácter personal, laboral, administrativa o seguridad social de derecho público] .box-inv-1[Incluye carreras especiales al servicio del Estado (PNP, militares, magisterio, etc.)] .box-inv-1[Literal b): Impugnaciones de resoluciones de tribunales administrativos en materia laboral público y seguridad social] .box-inv-1[Literal c): Impugnación contra actuaciones de la autoridad administrativa de trabajo] --- # Inciso 5 del Artículo 2 .box-1[Ejecución de títulos ejecutivos] .box-inv-1[Mantiene el criterio de cuantía como delimitador] .pull-left[ .box-inv-2.small[ Ejecución de título ejecutivo: - JPLL: ≤ 70 URP - JET: > 70 URP ] ] .pull-right[ .box-inv-2.small[ Ejecución de liquidaciones de cobranza AFP: - JPLL: Cualquiera sea la cuantía - JET: — ] ] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Esquema de competencia por materia --- layout: false # Esquema de competencias JPLL y JET <style type="text/css"> .tg {border-collapse:collapse;border-spacing:0;} .tg td{border-color:black;border-style:solid;border-width:1px;font-family:Arial, sans-serif;font-size:14px; overflow:hidden;padding:10px 5px;word-break:normal;} .tg th{border-color:black;border-style:solid;border-width:1px;font-family:Arial, sans-serif;font-size:14px; font-weight:normal;overflow:hidden;padding:10px 5px;word-break:normal;} .tg .tg-0lax{text-align:left;vertical-align:top} </style> <table class="tg"> <thead> <tr> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">Materia</span></th> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">JPLL</span></th> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">JET</span></th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen general privado cuantificable</td> <td class="tg-0lax">∑ ≤ 70 URP</td> <td class="tg-0lax">∑ > 70 URP</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Acumulación accesoria (cuantificable, no cuantificable)</td> <td class="tg-0lax">∑ ≤ 70 URP</td> <td class="tg-0lax">∑ > 70 URP</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen especial privado (inc. 9) cuantificable</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen especial privado (inc. 9) no cuantificable</td> <td class="tg-0lax">– Impugnación de sanciones diferentes al despido<br>– Cese de actos de hostilidad</td> <td class="tg-0lax">Todas, menos:<br>– Impugnación de sanciones diferentes al despido<br>– Cese de actos de hostilidad</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen especial privado (inc. 9), sobre despido y libertad sindical</td> <td class="tg-0lax">—</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Ejecución de títulos ejecutivos</td> <td class="tg-0lax">∑ ≤ 70 URP</td> <td class="tg-0lax">∑ > 70 URP</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Ejecución cobranza AFP</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> </tbody> </table> --- # Esquema de competencias JPLL y JET (continuación) <style type="text/css"> .tg {border-collapse:collapse;border-spacing:0;} .tg td{border-color:black;border-style:solid;border-width:1px;font-family:Arial, sans-serif;font-size:14px; overflow:hidden;padding:10px 5px;word-break:normal;} .tg th{border-color:black;border-style:solid;border-width:1px;font-family:Arial, sans-serif;font-size:14px; font-weight:normal;overflow:hidden;padding:10px 5px;word-break:normal;} .tg .tg-0lax{text-align:left;vertical-align:top} </style> <table class="tg"> <thead> <tr> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">Materia</span></th> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">JPLL</span></th> <th class="tg-0lax"><span style="font-weight:bold">JET</span></th> </tr> </thead> <tbody> <tr> <td class="tg-0lax">Asuntos no contenciosos</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Impugnación de sanciones disciplinarias (no despido)</td> <td class="tg-0lax">Toda impugnación</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Impugnación de sanciones disciplinarias (no despido) con pago</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Impugnación de despido</td> <td class="tg-0lax">—</td> <td class="tg-0lax">Toda impugnación</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Impugnación de despido con indemnización</td> <td class="tg-0lax">—</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Cese de actos de hostilidad</td> <td class="tg-0lax">Toda impugnación</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Cese de actos de hostilidad con indemnización</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Descuento pago indebido por entidades</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> <td class="tg-0lax">—</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen laboral y seguridad social de derecho público cuantificable</td> <td class="tg-0lax">—</td> <td class="tg-0lax">Toda cuantía</td> </tr> <tr> <td class="tg-0lax">Régimen laboral y seguridad social de derecho público no cuantificable</td> <td class="tg-0lax">—</td> <td class="tg-0lax">Toda impugnación</td> </tr> </tbody> </table> --- layout: true class: title title-1 --- layout: false <img src="data:image/png;base64,#https://raw.githubusercontent.com/PaulParedes/materiales/master/competencias2.png" width="33%" style="display: block; margin: auto;" /> --- class: center, middle [Árbol de decisión en pantalla completa](https://raw.githubusercontent.com/PaulParedes/materiales/master/competencias2.png) --- layout: true class: title title-1 --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Análisis crítico de la modificación --- # Cambios en distribución competencias .small[ .box-1[Cambios significativos] .box-inv-1[Ampliación de competencias de los JPLL] - .box-inv-1.small[Incremento del monto máximo de 50 a 70 URP] - .box-inv-1.small[Nuevas materias asignadas (sanciones disciplinarias, cese de hostilidad, regímenes especiales)] .box-inv-1[Efecto en cadena en las instancias judiciales] - .box-inv-1.small[JET: Reducción de la carga en primera instancia pero aumento en apelación] - .box-inv-1.small[SLS: Reducción indirecta de casos (muchos concluyen en JET)] - .box-inv-1.small[Corte Suprema: Disminución de potenciales casaciones] ] --- # Ventajas del nuevo esquema .small[ .box-1[Ventajas en términos de celeridad] .box-inv-1[Circuito procesal más corto de solo dos instancias] - .box-inv-1.small[Contrasta con el esquema tradicional de tres niveles (JET-SLS-CS)] .box-inv-1[Obtención más rápida de calidad de cosa juzgada] - .box-inv-1.small[Decisión definitiva en segunda instancia] - .box-inv-1.small[Relevante por la naturaleza alimentaria de muchas pretensiones] .box-inv-1[Descarga procesal en instancias superiores] - .box-inv-1.small[SLS: Menos apelaciones] - .box-inv-1.small[CS: Menos potenciales casaciones] ] --- # Problemas y riesgos .box-1[Riesgo de dispersión jurisprudencial] .box-inv-1[Multiplicación de órganos resolviendo casos similares] .box-inv-1[Interpretaciones divergentes sobre mismas materias] .box-inv-1[Especialmente grave en segunda instancia] - .box-inv-1.small[En Lima: hasta 25 JET con posibles soluciones distintas] - .box-inv-1.small[Similar en otras cortes grandes: La Libertad (11), Lima Este (8), etc.] .box-inv-1[Ausencia de mecanismo de unificación vía casación] --- # Problemas y riesgos .box-2[Control de calidad de decisiones] .box-inv-2[Reducción de instancias de revisión] .box-inv-2[Eliminación de posibilidad de casación para ciertos casos] .box-inv-2[Limitación significativa del control jerárquico jurisdiccional] --- # Problemas y riesgos .box-3[Criterio de regímenes laborales] .box-inv-3[Cuestionable uso de pertenencia a regímenes especiales como criterio] .box-inv-3[Población más grande pertenece al régimen MYPE] .box-inv-3[Posible afectación al derecho a la igualdad] .box-inv-3[Riesgo de "elitización" de la justicia laboral] --- # Cuestiones estructurales .box-1[Capacidad operativa del sistema] .box-inv-1[Datos a junio 2024: 71 JPLL dedicados a NLPT y 13 mixtos] .box-inv-1[Ausencia de JPLL en varias cortes] .box-inv-1[Riesgo de saturación por mayor volumen y complejidad de casos] --- # Cuestiones estructurales .box-2[Redefinición del rol de la Corte Suprema] .box-inv-2[Tradicionalmente: función unificadora vía casación] .box-inv-2[Nuevo esquema: muchos casos fuera de su control] .box-inv-2[Paradoja: busca que CS se enfoque en casos "trascendentes" pero la priva de establecer criterios uniformes en materias de alta incidencia] --- # Celeridad vs. calidad de resoluciones .box-1[Tensión fundamental] .box-inv-1[Búsqueda de celeridad procesal vs. calidad y uniformidad de decisiones] .box-inv-1[Decisiones más rápidas pero riesgo de criterios dispersos] .box-inv-1[Impacto en la seguridad jurídica y la predictibilidad] --- # Celeridad vs. calidad de resoluciones .box-2[Posibles alternativas] .box-inv-2[Plenos jurisdiccionales distritales] .box-inv-2[Sistema de consultas vinculantes] --- # Problemas inconstitucionalidad formal .box-1[Inconstitucionalidad formal] .box-inv-1[Competencias de órganos jurisdiccionales deben establecerse por ley orgánica] .box-inv-1[Artículo 106 de la Constitución: estructura y funcionamiento del Poder Judicial mediante leyes orgánicas] .box-inv-1[Principio de legalidad y garantía judicial al juez natural] .box-inv-1[La Ley 32155, aunque modificó la NLPT, no modificó los artículos 51 y 57 de la LOPJ] --- class: center middle section-title section-title-1 animated fadeIn # Conclusiones --- # Conclusiones (I) .box-1[Inconstitucionalidad formal] .box-inv-1[La Ley 32155 adolece de un vicio de inconstitucionalidad al no modificar la LOPJ] .box-inv-1[La modificación debió aprobarse mediante ley orgánica (art. 106 Constitución)] --- # Conclusiones (II) .small[ .box-1[Problemas de fondo] .box-inv-1[Riesgo de dispersión jurisprudencial] - .box-inv-1.small[Especialmente en distritos judiciales grandes] - .box-inv-1.small[Sin posibilidad de unificación vía casación] .box-inv-1[Reducción del control de calidad de decisiones] - .box-inv-1.small[Limitación de instancias de revisión] .box-inv-1[Potencial vulneración al derecho a la igualdad] - .box-inv-1.small[Exclusión de trabajadores por su pertenencia a regímenes especiales] ] --- # Conclusiones (III) .small[ .box-1[Interpretación problemática] .box-inv-1[La R.A. N° 000443-2024-CE-PJ agrava los problemas] - .box-inv-1.small[Lista de regímenes especiales como enunciativa, no taxativa] - .box-inv-1.small[Mayor incertidumbre sobre la determinación del juez competente] - .box-inv-1.small[Ampliación potencial de trabajadores excluidos de instancias superiores] .box-inv-1[Urgente modificación de la interpretación] - .box-inv-1.small[Adoptar la tesis de lista cerrada] - .box-inv-1.small[Garantizar el derecho al juez predeterminado por ley] - .box-inv-1.small[Asegurar predictibilidad e igualdad] ] --- # Conclusiones (IV) .small[ .box-1[Balance final] .box-inv-1[La celeridad procesal es loable pero no a costa de valores fundamentales] - .box-inv-1.small[Calidad de resoluciones] - .box-inv-1.small[Uniformidad de criterios] - .box-inv-1.small[Igualdad en la aplicación de la ley] .box-inv-1[Necesidad de explorar mecanismos alternativos] - .box-inv-1.small[Que combinen celeridad con coherencia del sistema] - .box-inv-1.small[Que mantengan cierto nivel de control unificador] ] --- layout: false name: gracias class: center middle .box-1.huge[¡Muchas gracias!]